Contrato para Revendedores de Dominios de Google

Última modificación: 25 de julio del 2023

  • Este Contrato para Revendedores de Dominios ("Contrato") se establece entre tú, la entidad o persona que acepta este Contrato ("Cliente" o ""), y Google. "Google" tiene el significado indicado en https://cloud.google.com/terms/google-entity. Cualquier mención a "nosotros", "nos" o "nuestro" en el presente Contrato hace referencia a Google. Este Contrato rige la reventa por parte de Google de servicios de registro de nombres de dominio ("Servicios de Dominio") ofrecidos por el registrador externo correspondiente que se identifica en el momento de la compra o renovación ("Registrador").

    • 1. Servicios de Dominio.

      • 1.1 Revendedor de Servicios de Dominio. Este Contrato fija los términos bajo los que Google distribuye el acceso a los Servicios de Dominio como revendedor autorizado del Registrador. Como revendedor, Google no actúa como registrador de ningún nombre de dominio, pero puede desempeñar algunas funciones o servicios en nombre del Registrador.

      • 1.2 Términos del Registrador. Los Servicios de Dominio los proporcionará el Registrador. Todo acceso y uso de los Servicios de Dominio está regido y sujeto a los términos y condiciones aplicables del Registrador. El Cliente debe cumplir dichos términos y condiciones, así como aceptar que se rige por ellos. Google no forma parte del contrato que tengas con cualquier Registrador y no tendrá responsabilidad alguna por el rendimiento del Registrador.

      • 1.3 Política de privacidad del Registrador. El Cliente reconoce que Google proporcionará al Registrador el nombre y los detalles de contacto del Cliente como parte del proceso de registro del nombre de dominio. El tratamiento de esa información por parte del Registrador está sujeto a las políticas de privacidad aplicables.

    • 2. Pagos.

      • 2.1 Facturación y pagos. Cuando completes tu compra, te comprometerás a comprar los Servicios de Dominio, así como a pagar todos los impuestos aplicables, durante un periodo de facturación anual. Puedes pagar los Servicios de Dominio con una tarjeta de crédito, una tarjeta de débito o de cualquier otra forma que se ofrezca en la página para hacer el pedido. Todos los pagos se realizarán en dólares estadounidenses (USD) a menos que se indique lo contrario en la página de pedidos. A menos que canceles tu renovación como se describe en la Sección 2.3 (Cancelación de la renovación), al final de cada periodo de facturación anual, tu compra de los Servicios de Dominio se renovará por otro periodo de facturación anual y Google te cobrará la tarifa de renovación vigente en ese momento cuando haya que abonar el pago. Todos los pagos son definitivos y Google no realizará ningún reembolso.

      • 2.2 Cambios de precio. Google se reserva el derecho de cambiar (es decir, aumentar o reducir) el cargo por los Servicios de Dominio ocasionalmente. Cualquier cambio en las tarifas solo se aplicará al siguiente pago que debas abonar y te enviaremos una notificación con una antelación razonable.

      • 2.3 Cancelación de la renovación. Debes cancelar la renovación al menos 5 días hábiles antes de que termine tu periodo de facturación para que no se te cobre el siguiente periodo de renovación. Puedes cancelarla desde la consola de administración. Si cancelas la renovación, no tienes derecho a recibir un reembolso por las tarifas que ya hayas pagado, pero, de acuerdo con este Contrato y los contratos aplicables del Registrador, seguirás teniendo acceso a los Servicios de Dominio hasta que termine tu periodo de facturación.

    • 3. Información Confidencial.

      • 3.1 Definiciones.

        • 3.1.1. "Información Confidencial" hace referencia a la información que una parte (o entidad asociada) revela a la otra parte en virtud del presente Contrato, y que se define como confidencial o que normalmente se consideraría confidencial en las circunstancias específicas de cada caso. No se incluye en esta definición la información desarrollada de forma independiente por el destinatario, concedida legalmente al destinatario por un tercero sin obligaciones de confidencialidad o que se haga pública sin que sea responsabilidad del destinatario.

        • 3.1.2. "Proceso Legal" hace referencia a una solicitud de divulgación de información requerida por ley, reglamento gubernamental, resolución judicial, citación u orden judicial o por cualesquiera otros autoridades legales, procedimientos legales o procesos similares válidos.

      • 3.2 Obligaciones. El destinatario utilizará la Información Confidencial de la parte divulgadora solo para ejercer los derechos del destinatario y cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato, y tomará todas las precauciones razonables para impedir la divulgación de la Información Confidencial de la parte divulgadora. El destinatario solo podrá divulgar Información Confidencial a sus entidades asociadas, empleados, agentes o asesores profesionales ("Delegados") que necesiten conocerla y que hayan acordado por escrito mantener su confidencialidad (o, en el caso de los asesores profesionales, que estén obligados a ello por otros motivos). El destinatario se asegurará de que sus Delegados usen la Información Confidencial recibida solo para ejercer los derechos oportunos y cumplir las obligaciones establecidas en este Contrato.

      • 3.3 Divulgación necesaria. Sin perjuicio de ninguna disposición de este Contrato que estipule lo contrario, el destinatario también puede divulgar Información Confidencial si así se lo exige un Proceso Legal aplicable, siempre y cuando el destinatario tome medidas comercialmente razonables para a) notificarlo inmediatamente a la otra parte antes de divulgar su Información Confidencial y b) satisfacer cualquier petición razonable que les haga la otra parte para evitar la divulgación. Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, las Subsecciones a) y b) mencionadas arriba no se aplicarán si el destinatario determina que su cumplimiento puede i) dar lugar a una infracción de un Proceso Legal; ii) obstruir una investigación gubernamental; o iii) provocar la muerte o daños físicos graves a una persona.

    • 4. Renuncia de responsabilidad. EN LA MEDIDA EN QUE LA LEGISLACIÓN APLICABLE LO PERMITA, EL RENDIMIENTO DE GOOGLE EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO SERÁ "TAL CUAL" SE INDICA, SIN GARANTÍAS EXPLÍCITAS NI IMPLÍCITAS, INCLUIDAS LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, ADECUACIÓN A UN FIN CONCRETO Y NO INFRACCIÓN. POR EJEMPLO, GOOGLE NO OFRECE NINGUNA GARANTÍA CON RESPECTO AL CONTENIDO O LAS FUNCIONES DE SU RENDIMIENTO O DE LOS SERVICIOS DE DOMINIO DEL REGISTRADOR, INCLUIDAS SU PRECISIÓN, FIABILIDAD, DISPONIBILIDAD O CAPACIDAD DE SATISFACER TUS NECESIDADES.

    • 5. Indemnización. Defenderás, indemnizarás y eximirás a Google y a sus subcontratistas, así como a sus respectivos directores, directores ejecutivos, empleados, agentes y entidades asociadas, frente a todas y cada una de las reclamaciones, daños, responsabilidades, costes y gastos (incluidos los honorarios y gastos razonables por servicios jurídicos) que deriven o estén relacionados con:

      • • tu registro de un nombre de dominio y el uso de los Servicios de Dominio;

      • • la infracción por tu parte de cualquier derecho de terceros, incluidos los derechos de propiedad intelectual.

    • 6. Limitación de responsabilidades.

      • 6.1 Limitación de responsabilidades indirectas. GOOGLE, ASÍ COMO SUS ENTIDADES ASOCIADAS Y PROVEEDORES, NO TENDRÁ RESPONSABILIDAD ALGUNA EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO POR PÉRDIDAS DE INGRESOS O DATOS, NI POR PÉRDIDAS FINANCIERAS O DAÑOS PUNITIVOS, EJEMPLARES, DERIVADOS, FORTUITOS, ESPECIALES O INDIRECTOS, AUNQUE SUPIÉRAMOS O DEBIÉRAMOS HABER SABIDO QUE ESOS DAÑOS ERAN POSIBLES E INCLUSO SI LOS DAÑOS DIRECTOS NO QUEDAN CUBIERTOS CON UNA COMPENSACIÓN.

      • 6.2 Limitación del importe por responsabilidades. EL IMPORTE TOTAL EN CALIDAD DE RESPONSABILIDAD QUE PUEDE ABONAR GOOGLE, ASÍ COMO SUS ENTIDADES ASOCIADAS Y SUS PROVEEDORES, POR CUALQUIER RECLAMACIÓN EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO SE LIMITA A LA MENOR DE LAS SIGUIENTES CANTIDADES: I) EL IMPORTE QUE HAYAS PAGADO EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO DURANTE LOS DOCE MESES ANTERIORES AL EVENTO QUE HA DADO LUGAR A LA RESPONSABILIDAD O II) 5000 USD.

      • 6.3 Excepciones a las limitaciones. Estas limitaciones de responsabilidades no se aplican en caso de que incumplas los derechos de propiedad intelectual de Google o de sus entidades asociadas, tus obligaciones de indemnización o tus obligaciones de pago.

    • 7. General.

      • 7.1 Avisos. Para facilitar los procedimientos, a ambas partes, sin estar obligadas a ello, se les solicita que envíen avisos por escrito en inglés y que los dirijan al departamento legal de la otra parte, así como a la persona de contacto principal. La dirección de correo electrónico para enviar avisos al departamento legal de Google es legal-notices@google.com.

      • 7.2 Cesión. No puedes ceder ninguna parte de este Contrato sin el consentimiento previo por escrito de Google. Cualquier otro intento de cesión se considerará nulo de pleno derecho.

      • 7.3 Fuerza mayor. Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento de sus obligaciones o del retraso en el cumplimiento si estos están motivados por circunstancias que escapan a su control razonable.

      • 7.4 Inexistencia de renuncia. El hecho de que cualquiera de las partes no ejerza alguno de los derechos que figuran en este Contrato, o se retrase en hacerlo, no significará que renuncia a tal derecho.

      • 7.5 Inexistencia de representación. Este Contrato no constituye ninguna representación, asociación o asociación temporal de empresas entre las partes.

      • 7.6 Correos electrónicos. En virtud de este Contrato, las partes pueden usar correos electrónicos para cumplir los requisitos de aprobación y consentimiento por escrito.

      • 7.7 Subcontratación. Google podrá subcontratar obligaciones en virtud de este Contrato, si bien seguirá siendo responsable ante el Cliente de las obligaciones subcontratadas.

      • 7.8 Beneficiarios terceros. Este Contrato no confiere ningún beneficio a ningún tercero a menos que se indique expresamente lo contrario.

      • 7.9 Independencia de las cláusulas. Si alguna condición establecida en este Contrato (o una parte de ella) se considera no válida, ilegal o inaplicable, las demás condiciones del Contrato conservarán su total validez.

      • 7.10 Legislación aplicable en EE. UU. De acuerdo con la Sección 7.15 (Términos específicos de cada zona), se aplica lo siguiente a las disputas entre las partes:

        • a) Entidades gubernamentales municipales, condales y estatales de EE. UU. Si el Cliente es una entidad gubernamental municipal, condal o estatal de EE. UU., el Contrato no contempla la legislación y jurisdicción aplicables.

        • b) Entidades gubernamentales federales de EE. UU. Si el Cliente es una entidad gubernamental federal de EE. UU., se aplica lo siguiente: TODAS LAS RECLAMACIONES DERIVADAS O RELATIVAS A ESTE CONTRATO O AL RENDIMIENTO DE GOOGLE SE REGIRÁN POR LAS LEYES DE ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, EXCEPTO SUS NORMATIVAS EN MATERIA DE LEYES EN CONFLICTO. ÚNICAMENTE EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITAN LAS LEYES FEDERALES, I) SE APLICARÁN LAS LEYES DEL ESTADO DE CALIFORNIA (EXCEPTO SUS NORMATIVAS EN MATERIA DE LEYES EN CONFLICTO) EN AUSENCIA DE UNA LEY FEDERAL APLICABLE Y II) ANTE CUALQUIER RECLAMACIÓN DERIVADA O RELATIVA A ESTE CONTRATO O AL RENDIMIENTO DE GOOGLE, LAS PARTES ACEPTAN SOMETERSE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE A LA JURISDICCIÓN PERSONAL DE LOS TRIBUNALES DEL CONDADO CALIFORNIANO DE SANTA CLARA.

        • c) Todas las demás entidades. Si el Cliente no es una de las entidades identificadas en la Sección 7.10 a) (Legislación aplicable en EE. UU.: Entidades gubernamentales municipales, condales y estatales de EE. UU.) o b) (Legislación aplicable en EE. UU.: Entidades gubernamentales federales de EE. UU.), se aplica lo siguiente: TODAS LAS RECLAMACIONES DERIVADAS O RELATIVAS A ESTE CONTRATO O AL RENDIMIENTO DE GOOGLE SE REGIRÁN POR LAS LEYES DE CALIFORNIA (ESTADOS UNIDOS), EXCEPTO SUS NORMATIVAS EN MATERIA DE LEYES EN CONFLICTO, Y SE RESOLVERÁN EXCLUSIVAMENTE EN LOS TRIBUNALES FEDERALES O ESTATALES DEL CONDADO DE SANTA CLARA, PERTENECIENTE AL ESTADO DE CALIFORNIA. LAS PARTES ACEPTAN SOMETERSE A LA JURISDICCIÓN PERSONAL DE DICHOS TRIBUNALES.

      • 7.11 Idiomas en conflicto. Si este Contrato se traduce del inglés a cualquier otro idioma y se da alguna discrepancia entre la versión en inglés y el texto traducido, prevalecerá la versión en inglés salvo que se indique expresamente lo contrario en la versión traducida.

      • 7.12 Compensación equitativa. En ningún caso, lo establecido en este Contrato limitará la capacidad de ninguna de las partes de procurarse compensación equitativa.

      • 7.13 Modificaciones. Google puede modificar ocasionalmente los términos del presente Contrato. Cualquier cambio se publicará en la página https://workspace.google.com/terms/domain_reseller_agreement.html. Las modificaciones no tendrán validez hasta que comience el siguiente periodo de facturación del Cliente. Si en ese momento el Cliente renueva, se entenderá que acepta las modificaciones. Excepto en los casos contemplados en esta Sección, cualquier adenda a este Contrato deberá hacerse por escrito, estar firmada por las dos partes e indicar expresamente que se trata de una adenda al presente Contrato.

      • 7.14 Totalidad del contrato. Este Contrato sustituye a cualquier otro contrato suscrito entre las partes en relación con esta cuestión. Al suscribir este Contrato, ambas partes reconocen que no se han apoyado en declaraciones, representaciones o garantías (formuladas ya sea por negligencia o sin mala fe) que no estén establecidas expresamente en este Contrato, ni tendrán ningún derecho a compensación en virtud de estas.

      • 7.15 Términos específicos de cada zona. Si la dirección de facturación del Cliente se encuentra en una de las siguientes zonas, el Cliente acepta las modificaciones del presente Contrato correspondientes que se indican a continuación:

        • Asia-Pacífico (todas las zonas excepto Australia, India, Japón, Nueva Zelanda y Singapur) y Latinoamérica

          • La Sección 7.10 (Legislación aplicable en EE. UU.) se sustituye por la siguiente:

          • 7.10 Legislación aplicable y arbitraje.

          • a) TODAS LAS RECLAMACIONES DERIVADAS O RELATIVAS A ESTE CONTRATO O A CUALQUIER PRODUCTO O SERVICIO DE GOOGLE RELACIONADO, INCLUIDA CUALQUIER DISPUTA SOBRE LA INTERPRETACIÓN O EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO ("Disputa"), SE REGIRÁN POR LAS LEYES DEL ESTADO DE CALIFORNIA (ESTADOS UNIDOS), EXCEPTO LAS NORMATIVAS DE ESTE ESTADO EN MATERIA DE LEYES EN CONFLICTO.

          • b) Las partes intentarán resolver de buena fe y en un plazo de 30 días como máximo cualquier Disputa que surja. Si no se resolviera en este plazo, se someterá a un arbitraje por el Centro Internacional de Resolución de Disputas de la Asociación Americana de Arbitraje conforme al Reglamento de Arbitraje Acelerado Comercial vigente en la fecha del presente Contrato ("Reglamento").

          • c) Las partes seleccionarán un árbitro de mutuo acuerdo. El arbitraje se realizará en lengua inglesa en el condado de Santa Clara (California, EE. UU.).

          • d) Cualquiera de las partes podrá solicitar a un tribunal competente la reparación por auto judicial necesaria para proteger sus derechos hasta que se resuelva el arbitraje. El árbitro podrá dictar medidas de equidad o de reparación por auto judicial acordes con las compensaciones y limitaciones contenidas en el presente Contrato.

          • e) De conformidad con los requisitos de confidencialidad de la Subsección g), cualquiera de las partes podrá solicitar a un tribunal competente que dicte cualquier orden necesaria para proteger sus derechos o propiedades. Dicha solicitud no se considerará una infracción ni una renuncia de la presente Sección (Legislación aplicable y arbitraje), ni afectará a las facultades del árbitro, incluida la de revisar la decisión judicial. Las partes estipulan que los tribunales del condado de Santa Clara (California, EE. UU.), tienen competencia para dictar cualquier orden en virtud de la presente Subsección 7.10 e).

          • f) El laudo arbitral será definitivo y vinculante para las partes y podrá ejecutarse en cualquier tribunal competente, incluidos los tribunales con jurisdicción en el territorio donde se encuentren cualquiera de las partes o sus propiedades.

          • g) Cualquier procedimiento de arbitraje amparado por la presente Sección 7.10 (Legislación aplicable y arbitraje) se considerará Información Confidencial en virtud de la Sección 3 (Información Confidencial), incluidos: i) la existencia del procedimiento de arbitraje, ii) toda la información divulgada en el marco del procedimiento y iii) todas las comunicaciones orales y todos los documentos relacionados con el procedimiento. Además de los derechos de divulgación que contempla la Sección 3 (Información Confidencial), las partes podrán divulgar la información descrita en la presente Subsección 7.10 g) a un tribunal competente si fuera necesario para presentar una orden en virtud de la Subsección 7.10 e) o para ejecutar un laudo arbitral. En estos casos, las partes deberán solicitar que tales procedimientos judiciales se lleven a cabo a puerta cerrada (en privado).

          • h) Las partes deberán abonar los honorarios del árbitro y de los expertos que designe el árbitro, así como los gastos de los expertos, y cubrir los costes administrativos del centro de arbitraje según lo establecido en el Reglamento. En su decisión definitiva, el árbitro determinará la obligación de la parte perdedora de reembolsar el importe adelantado por la parte ganadora para cubrir los costes mencionados.

          • i) Cada parte pagará los honorarios y los gastos de sus propios abogados y expertos, independientemente de cuál sea la decisión final del árbitro en relación con la Disputa.

        • Asia-Pacífico (la India)

          • La Sección 7.10 (Legislación aplicable en EE. UU.) se sustituye por la siguiente:

          • 7.10 Legislación aplicable. Todas las reclamaciones derivadas de este Contrato, o relacionadas con él, se regirán por las leyes de la India. Todas las disputas que surjan estarán bajo la jurisdicción de los tribunales de Nueva Delhi. Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, el Cliente puede realizar y realizará todas las reclamaciones en relación con Google en contra de Google India Private Limited de conformidad con el presente Contrato.

        • Europa, Oriente Medio y África (Argelia, Baréin, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Israel, Jordania, Kuwait, Líbano, Libia, Marruecos, Mauritania, Omán, Palestina, Qatar, Túnez y Yemen)

          • La Sección 7.10 (Legislación aplicable en EE. UU.) se sustituye por la siguiente:

          • 7.10 Legislación aplicable y arbitraje.

          • a) TODAS LAS RECLAMACIONES DERIVADAS O RELATIVAS A ESTE CONTRATO O A CUALQUIER PRODUCTO O SERVICIO DE GOOGLE RELACIONADO, INCLUIDA CUALQUIER DISPUTA SOBRE LA INTERPRETACIÓN O EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO ("Disputa"), SE REGIRÁN POR LAS LEYES DEL ESTADO DE CALIFORNIA (ESTADOS UNIDOS), EXCEPTO LAS NORMATIVAS DE ESTE ESTADO EN MATERIA DE LEYES EN CONFLICTO.

          • b) Las partes intentarán resolver de buena fe y en un plazo de 30 días como máximo cualquier Disputa que surja. Si no se resolviera en este plazo, se someterá a un arbitraje según el Reglamento de Arbitraje del Tribunal de Arbitraje Internacional de Londres (London Court of International Arbitration, LCIA, Reino Unido) ("Reglamento"), que se incorpora en esta Sección por referencia.

          • c) Las partes seleccionarán un árbitro de mutuo acuerdo. El arbitraje se llevará a cabo en inglés y la sede o el emplazamiento legal del arbitraje se ubicará en el centro financiero internacional de Dubái (Dubai International Financial Center, DIFC), Dubái, Emiratos Árabes Unidos.

          • d) Cualquiera de las partes podrá solicitar a un tribunal competente la reparación por auto judicial necesaria para proteger sus derechos hasta que se resuelva el arbitraje. El árbitro podrá dictar medidas de equidad o de reparación por auto judicial acordes con las compensaciones y limitaciones contenidas en el presente Contrato.

          • e) El laudo arbitral será definitivo y vinculante para las partes y podrá ejecutarse en cualquier tribunal competente, incluidos los tribunales con jurisdicción en el territorio donde se encuentren cualquiera de las partes o sus propiedades.

          • f) Cualquier procedimiento de arbitraje amparado por la presente Sección 7.10 (Legislación aplicable y arbitraje) se considerará Información Confidencial en virtud de la Sección 3 (Información Confidencial), incluidos: i) la existencia del procedimiento de arbitraje, ii) toda la información divulgada en el marco del procedimiento y iii) todas las comunicaciones orales y todos los documentos relacionados con el procedimiento. Además de los derechos de divulgación que contempla la Sección 3 (Información Confidencial), las partes podrán divulgar la información descrita en la presente Subsección 7.10 f) a un tribunal competente si fuera necesario para ejecutar un laudo arbitral. En estos casos, las partes deberán solicitar que tales procedimientos judiciales se lleven a cabo a puerta cerrada (en privado).

          • g) Las partes deberán abonar los honorarios del árbitro y de los expertos que designe el árbitro, así como los gastos de los expertos, y cubrir los costes administrativos del centro de arbitraje según lo establecido en el Reglamento. En su decisión definitiva, el árbitro determinará la obligación de la parte perdedora de reembolsar el importe adelantado por la parte ganadora para cubrir los costes mencionados.

          • h) Cada parte pagará los honorarios y los gastos de sus propios abogados y expertos, independientemente de cuál sea la decisión final del árbitro en relación con la Disputa.